Por Jonathan Guerra Bohórquez Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas.
El proceso penal en Colombia experimentó un cambio trascendental con la expedición del Acto Legislativo 03 de 2002, que marcó la transición de un sistema inquisitivo o mixto inquisitivo a un sistema procesal de tendencia acusatoria. Como resultado, la Fiscalía General de la Nación dejó de ejercer funciones jurisdiccionales y asumió su papel como parte dentro del proceso penal. Este cambio estructural, consolidado con la promulgación de la Ley 906 de 2004, transformó diversos aspectos del proceso penal.
Del principio de permanencia al principio de inmediación.
Uno de los aspectos más significativos que se modificó fue la construcción de la prueba. Bajo el sistema anterior, regía el principio de permanencia de la prueba, que permitía la validez de pruebas practicadas desde la etapa de indagación para dictar sentencia. Con la reforma, dicho principio fue reemplazado por los de concentración e inmediación, estableciendo un nuevo escenario en el que la prueba adquiere valor únicamente si es practicada durante el juicio oral. [1]
¿Qué pruebas se practican en juicio?
Por regla general, en juicio solo se practican las pruebas que han sido descubiertas, solicitadas y decretadas durante la audiencia preparatoria. Sin embargo, esta regla admite excepciones, entre las cuales destaca la prueba sobreviniente.[2]
¿Qué es la prueba sobreviniente?
La prueba sobreviniente se refiere a un elemento material probatorio o evidencia física relevante que surge durante el juicio y que, por causas ajenas a quien la solicita, no pudo ser descubierto ni solicitado antes.
Requisitos de la prueba sobreviniente
Para que una prueba sea considerada sobreviniente, debe cumplir con los siguientes requisitos[3]:
Solicitud por las partes: Puede ser solicitada tanto por la Fiscalía como por la defensa, quien actúa en unidad con el imputado.
Hallazgo novedoso: Debe tratarse de un descubrimiento posterior a la audiencia preparatoria. No puede basarse en información conocida previamente por quien la solicita y este descubrimiento tardío debe ser por causas ajenas a la voluntad de quien la solicita.
Oportunidad procesal: Debe ser solicitada durante el juicio oral y antes del inicio de los alegatos de conclusión.
Valor probatorio significativo: Debe tener un impacto relevante para el caso.
Compatibilidad con el derecho de defensa y la integridad del juicio: Su admisión debe ponderarse cuidadosamente para garantizar que no se vulnere de manera significativa el derecho de defensa y que la integridad del juicio no se vea afectada de manera relevante.
Estos requisitos, además de la carga argumentativa relativa a la pertinencia, conducencia, utilidad y necesidad, son indispensables para abordar lo relativo a su solicitud y admisión.
La prueba sobreviniente y el recurso de apelación
Un tema que merece análisis es la posibilidad de interponer el recurso de apelación contra la decisión que admite una prueba sobreviniente. Por regla general, la admisión de pruebas no es apelable, salvo circunstancias específicas. Sin embargo, ¿debería aplicarse esta misma regla a la prueba sobreviniente?
En mi criterio personal — contrario a un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia[4] —, la admisión de esta prueba sí debería estar sujeta al recurso de apelación. Su naturaleza excepcional y los requisitos adicionales que exige justifican un tratamiento diferente, ya que su admisión puede incidir de manera significativa en el desarrollo y la integridad del juicio.
Tal criterio, se fundamenta en que, la prueba sobreviniente además de ser legal y lícita, y de cumplir con los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y necesidad propios de toda prueba, debe, como ya se señaló, responder a criterios adicionales, como lo son el ser un hallazgo novedoso, contar con un valor probatorio significativo e implicar realizar un ejercicio de ponderación acerca del impacto que tendrá en el juicio y en el derecho de defensa.
En atención a estos criterios adicionales que deben ser parte de la argumentación de quien la solicita y así mismo del juez que la decreta, es que considero que el tratamiento procesal de la prueba sobreviniente no puede ser equiparado al de una prueba ordinaria. Este enfoque diferencial es necesario para garantizar la justicia material y el equilibrio procesal.
En el ejercicio profesional, esta figura jurídica ha demostrado ser un valioso recurso, contribuyendo significativamente a la defensa de los derechos y garantías de las partes en el proceso penal. La prueba sobreviniente es una herramienta que nos ha sido muy útil en el ámbito penal.
[1] Proceso Penal Acusatorio. Nelson Saray Botero. Editorial Leyer, segunda edición, 2017.
[2] La audiencia preparatoria. Enrique del Río González. Editorial Ibañez, segunda edición, 2022.
[3] Corte Suprema de Justicia, AP3307-2023 del 1 de noviembre de 2023, M.P. Dr. Gerson Chaverra.
[4] Corte Suprema de Justicia, STP2553-2022 del 20 de enero de 2022, M.P. Dra. Myriam Ávila Roldán.
Comentarios