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¡Ojo con las sanciones por Infracciones Ambientales!

Actualizado: 10 ago 2020



Por: Dr. César Augusto Pazos A.

Abogado de la Universidad Libre, Magister en Derecho administrativo y especialista en Derecho ambiental y urbano, Investigador Académico.


Empresarios y personas naturales de todos los sectores sociales se ven frecuentemente sometidos a multas y sanciones ambientales que los toman por sorpresa debido al desconocimiento de la normativa vigente o simplemente porque imaginaron que su actividad comercial o personal no produciría este tipo de consecuencias.


Y es que la normativa ambiental es más estricta de lo que habitualmente se cree. Hoy en día estamos llamados a cuidar y responsabilizarnos del medio ambiente hasta en las actividades más sencillas y simples. Tanto las personas naturales como las empresas pueden entonces incurrir en daños o en delitos ambientales y verse sujetos a resarcir el daño mediante el pago de multas económicas bastante altas o someterse incluso al sellamiento temporal o definitivo de sus empresas o negocios.


Algunas de las infracciones ambientales más comunes y en los que las personas incurren sin saberlo, tiene que ver con la disposición de los residuos sólidos, el manejo inadecuado de escombros en espacios públicos o ríos, contaminación por vertimientos a las aguas, contaminación por ruido, contaminación visual o contaminación del aire. También los propietarios de fincas y en zonas rurales de diverso tipo se incurre en infracción ambiental cuando se cortan o talan árboles o cuando se hace aprovechamiento de fuentes hídricas sin contar con él debido permiso de la autoridad ambiental, sometiéndose por esa razón a una fuerte sanción por parte de la autoridad administrativa.


Tanto la Policía nacional mediante la imposición de comparendos y con fundamento en el Código nacional de Policía como las secretarías de ambiente en las grandes ciudades y las corporaciones autónomas regionales CAR, son las autoridades que pueden sancionar a todo aquel que contamine o cause daño al medio ambiente. Si la conducta cometida es tipificada como delito, la Fiscalía conocerá del asunto y determinará la sanción penal aplicable.


También es preciso señalar que cuando la autoridad ambiental recibe una queja o evidencia de que hubo algún tipo de contaminación o daño al medio ambiente afectando el recurso hídrico, el aire, los bosques etc., tal autoridad dará inicio a un proceso administrativo sancionatorio ambiental y luego de dar cumplimiento con algunas etapas en donde el infractor tendrá la oportunidad de presentar sus descargos y pruebas, la autoridad impondrá una sanción que en la mayoría de los casos es económica y que actualmente alcanza cifras bastante elevadas.


Es importante tener en cuenta que cuando se ha cometido una infracción ambiental es imposible ya subsanar o resarcir el daño ambiental de manera directa. Ya causado el daño al ambiente, no puede el infractor devolver el tiempo y por lo tanto la contaminación o daño se produjo y la sanción es inminente, a no ser que se demuestre alguna causal de ausencia de responsabilidad en la situación que generó tal contaminación o que el procedimiento usado para determinar la sanción fue inadecuado, técnicamente equivocado o no hubo violación de los parámetros previamente determinados para establecer que hubo daño ambiental. También es importante que los usuarios y todos los ciudadanos entendamos que la facultad para sancionar que tiene la administración caduca después de veinte años y no en tres años como en otros eventos de sanción administrativa.


Más allá de las infracciones ambientales o de los delitos ambientales, es necesario que tanto las personas naturales como las empresas por pequeñas que sean, establezcan una gestión ambiental en sus negocios y se asesoren profesionalmente para que den cumplimiento al marco legal ambiental y así realicen un seguimiento físico y normativo de su negocio, evitando así el pago de multas como producto de su desconocimiento sobre su obligación de cumplir con la normativa ambiental que rige en nuestro país.


En Consejuridico #QueremosAcompañarte, y encontrarás apoyo, asesoría y acompañamiento, tanto por abogados como por ingenieros ambientales, que te respaldarán en la elaboración e implementación de planes de manejo ambiental y en el cumplimiento integral de la normativa aplicable al caso concreto. Si ha sido notificado ya del inicio de un proceso sancionatorio lo representamos ante la autoridad administrativa para garantizar sus derechos, proteger su empresa y evitar futuras sanciones.


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